Autonomos; intimaciones por falta pagos

Moderador: Estudio Contable MEB

Luis Eduardo Acosta
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Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por Luis Eduardo Acosta »

Hola, soy nuevo en estas cuestiones del foro.

Mi consulta consiste en que se me presentaron dos casos de intimaciones por falta de pagos de Auntónomos, por deudas desde el 2007 a 2009.

El tema es que los valores (de capital) reclamados no son los vigentes en esos años, sino que los actualizaron con valores vigentes a fecha de hoy.

Alla por el 2007 los importes estaban a $200 y figuran en la intimación valores alrededor de $650, sin que exista recategorización alguna.

Mi pregunta es si existe algún instrumento legal que avale los importes requeridos por la AFIP, y si existe la posibilidad de plantear algún tipo recurso

Desde ya muchas gracias por brindarme esta posibilidad por este medio. Saludos
Estudio Contable GS
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por Estudio Contable GS »

Lamentablemente, cuando hay períodos total o parcialmente adeudados, al momento de modificar las categorías semestralmente, estos valores también se actualizan.

Muchas veces tuve intimaciones, y no tuve posibilidad de discutirlo, ya que en la Agencia, como también cuando llamé a AFIP central, toman esto como confirmado y te obligan a pagar según la categoría vigente.

Lamentablemente, dejar de pagar nunca tiene beneficios, y en este caso, al margen de los intereses, tendrás la actualización de categoría. Pasa igual en el caso del Monotributo.

Espero te sirva.

Un saludo.
Gabriel Sequino
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ValeriaM

Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por ValeriaM »

Una consulta, si existieron pagos totales de las cuotas de autónomos pero se deben periodos en el medio por ejemplo: se pago de 01/2009 a 05/2009 y se debe de 06/2009 a 12/2009 y luego se pagó 01/2010. Y se realiza un plan de pagos, todos los periodos se van a actualizar al valor actual? O solo los periodos adeudados?
Porque esos periodos se pagaron en tiempo y forma y no hubo modificación de categorías, siempre es la misma.
Muchas gracias.
Saludos
Estudio Contable GS
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por Estudio Contable GS »

Valeria, si sos Profesional, estaría bueno que te registres, para (al margen de recibir la respuesta a tu consulta) colaborar con tus conocimientos al Foro en sí.

Si sos un Particular, estaría bueno que te asesores con un Profesional, que pueda evaluar tu situación de forma integral, y no pidas soluciones express por este medio.

No es el fin del foro, sacar las papas del fuego a particulares con dudas puntuales.

Esos temas tendrás que analizarlos de forma particular y privada con el Profesional con quien decidas trabajar. El mismo te va a brindar su punto de vista, basado en la experiencia adquirida (tanto de lo que dicen los libros, como lo que dice el día a día del trabajo realizado).

Al margen de lo antedicho, los períodos cancelados (cancelado significa abonado el 100% del impuesto del mes), ya está cancelado.

Los períodos cancelados parcialmente, se te va a recalcular el impuesto al nuevo valor, y se te va a descontar lo pagado (no el porcentaje de lo que pagaste, sino el valor nominal), y a esa diferencia le deberás calcular los intereses correspondientes.

Comentaste el tema de los planes de pago.

Hoy si no tenés 2 empleados mínimo, no vas a poder acceder a ninguno.

Saludos.
Gabriel Sequino
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cp.valeria
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por cp.valeria »

Hola, muchas gracias por tu respuesta.
Ya me registré.
La consulta es porque tengo un cliente que se dió de alta en forma retroactiva y habia pagado las cuotas en tiempo y forma al 100% de su valor y ahora se las actualiza el CCMA al valor actual, generando una deuda muy grande. Y en la agencia no saben como solucionarlo, me dicen que mande un mail a mesa de ayuda. Y no era la idea que se generara deuda ya que entró en un plan de pagos para cancelarla.
No sé como solucionarlo, ya fui a afip, consulté con otros colegas y no sabemos como modificarlo.
Muchas gracias.
Saludos cordiales
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por Estudio Contable GS »

Valeria, si el impuesto se pagó correctamente en tiempo y forma, no deberías pagar ninguna diferencia.

Presentá una Multinota F. 206, informado esto que comentás, adjuntando los pagos para que los puedan verificar (no sólo por sistema, sino físicamente), y te lo tienen que corregir en sistema.

Los sistemas de AFIP no son infalibles, por eso uno debe ser muy ordenado al trabajar, para poder defender este tipo de cosas.

Saludos.

PD: edito el post porque leí algo que no quiero pasar por alto.

El plan de pagos cuando lo hiciste? Porque si el plan lo hiciste (erroneamente) sobre los valores originales del impuesto, sabiendo que Autónomos se actualiza cada seis meses automáticamente, puede estar ahí el error, y de ser así, corresponde que lo abones (aunque duela).
Gabriel Sequino
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cp.valeria
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por cp.valeria »

Buenas tardes, agradezco mucho tu respuesta.
Voy a presentar la multinota con toda la documentación que avala el pedido la semana que viene.
El plan se hizo en agosto, primero quiero solucionar el tema de los pagos y su correcta imputación y luego analizar lo de las diferencias.
En cuanto tenga novedades, te cuento.
Saludos, muchas gracias.
Jarri
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por Jarri »

Hola, consulto si sería correcto que intimen importe capital actualizado y además el 3% mensual de intereses sobre el valor actualizado.
Gracias
Lucrecio
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por Lucrecio »

correcto
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Re: Autonomos; intimaciones por falta pagos

Mensaje por Estudio Contable GS »

Jarri escribió:Hola, consulto si sería correcto que intimen importe capital actualizado y además el 3% mensual de intereses sobre el valor actualizado.
Gracias
Autónomos fue así toda la vida.

Saludos.
Gabriel Sequino
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