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Beneficios en Impuesto a las Ganancias.
Publicado: Mié Ago 23, 2017 11:47 am
por fla
Hola, buen dia.
Los consulto. Es el caso de un Contribuyente Responsable Inscripto que ejerce la Profesión de Medicina.
Actualmente, según sus ingresos, le efectúan retenciones de ganancias, conforme escala de la Resolución 830, que encuadran en un 28% mas el básico.
Quisiera consultarles si es posible obtener algun beneficio, oh exención, dado que los montos retenidos son muy altos en proporción a lo cobrado.
Desde ya, les agradezco todo aporte. Muchas gracias
Re: Beneficios en Impuesto a las Ganancias.
Publicado: Mié Ago 23, 2017 12:51 pm
por Lucrecio
Es el problema de no aumentar la escala...
Si no tiene saldos a favor de años anteriores, no se puede hacer nada.
De todas formas, para mi es mejor que le apliquen las retenciones, asi en la anual no andan llorando lo que tienen que pagar.... Y además no nos echan la culpa de lo que tienen que pagar. Es mas si le da saldo a favor... sos gardel!!!
Saludos
Re: Beneficios en Impuesto a las Ganancias.
Publicado: Mié Ago 23, 2017 3:32 pm
por Estudio Contable GS
Perdón, pero si el profesional no tiene gastos para descontar de Ganancias, esa retención le va a cubrir casi el 100% del impuesto que deba tributar a fin de año, por lo cual es correcto.
Y si el profesional está actuando como "empresa" (clínica) y no como profesional independiente, la retención va por el régimen de servicios del 2%.
Pedir exención de retención? Está consultando un colega o un particular?
Me parece que no estarías entendiendo como funciona el principio retentivo (pago a cuenta) de los impuestos.
Suerte!
Re: Beneficios en Impuesto a las Ganancias.
Publicado: Mié Ago 23, 2017 7:16 pm
por Estudio Contable MEB
coincido con el criterio de lucrecio ya que salvo que tengas saldo a favor por exceso de retenciones es preferible que se lo retengan en el momento porque despues pagar todo eso se hace muy costoso para el contribuyente, saludos.
Re: Beneficios en Impuesto a las Ganancias.
Publicado: Jue Ago 31, 2017 9:47 am
por fla
Muchas gracias.
Si, tiene saldo a favor anterior y este período corriente también le va a resultar a favor.