Gigi, en CABA hay una exención para los Profesionales Universitarios matriculados.
Si es tu situación, sería correcto que no tributes (siempre y cuando factures siempre en CABA y puedas declarar tu domicilio fiscal en dicha jurisdicción). En tu factura deberá figurar la condición de ingresos brutos EXENTO.
Si tenés un título universitario y una matricula al día que te avalan (y facturás en relación a dicho título), estás cubierta. De lo contrario, debés tributar por la General.
Te paso el inciso que habla de la exención.
7. Los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales universitarias, no
organizado en forma de empresa.
FUENTE:
http://www.agip.gov.ar/web/files/EXENCI ... ERECHO.pdf