GCIAS PERSONAS FISICAS - 4TA CATEGORIA-DEDUCCION

Moderador: Estudio Contable MEB

Responder
MARIALAURA283
Mensajes: 5
Registrado: Dom Dic 07, 2014 2:12 pm
Es Contador Público?:

GCIAS PERSONAS FISICAS - 4TA CATEGORIA-DEDUCCION

Mensaje por MARIALAURA283 »

Hola: quería saber si un contribuyente de impuesto a las ganancias, persona física, puede deducir una persona a su cargo (menor de 24 años, sin ingresos), del cual tiene una autorización de Minoridad y Familia. Que se tiene que tener en cuenta para poder deducirlo. Gracias.
carbonesergio
Mensajes: 124
Registrado: Dom Nov 30, 2014 12:33 pm
Es Contador Público?:

Re: GCIAS PERSONAS FISICAS - 4TA CATEGORIA-DEDUCCION

Mensaje por carbonesergio »

Colega

Las condiciones para poder deducir al menor a cargo se encuentran establecidas en el Art. 23 inc a) ap 2 de la Ley 20.628 (ganancias) las cuales deben interpretarse DE MANERA RESTRICTIVA:

2) PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($ 8.640) anuales por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo;

Si el menor no participa de las condiciones legales aquí estipuladas NO PODRÁ SER DEDUCIBLE de la base imponible tributaria





Dr. Sergio Carbone
Contador Publico (UBA)
www.sergiocarbone.com.ar
carbonesergio@gmail.com
Tel: 4362-9602
Cel: 15-6660-9889
--------------------------------------------------------------------------------------
MIS BLOGS:
http://fideicomisoconstructivo.blogspot.com.ar/
http://asesoramientoimpositivoprofesion ... ot.com.ar/
​Dr. Sergio Carbone
Contador Publico (UBA)
www.sergiocarbone.com.ar
carbonesergio@gmail.com
Tel: 4362-9602
Cel: 15-6660-9889
Responder