BBPP 2018 INMUEBLES

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carlosmmar
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BBPP 2018 INMUEBLES

Mensaje por carlosmmar »

Consulto sobre la valuación de inmuebles, el mayor entre costo y valor fiscal,si considera sobre este ultimo el valor fiscal 2017 ajustado por precios al consumidor la consulta es si el costo hay que ajustarlo por igual metodo o queda historico?
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Re: BBPP 2018 INMUEBLES

Mensaje por Estudio Contable GS »

Qué?

La valuación fiscal de 2018 es la que determina RENTAS (impuesto inmobiliario, generalmente).

Saludos.
Gabriel Sequino
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Favio
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Re: BBPP 2018 INMUEBLES

Mensaje por Favio »

carlosmmar escribió:Consulto sobre la valuación de inmuebles, el mayor entre costo y valor fiscal,si considera sobre este ultimo el valor fiscal 2017 ajustado por precios al consumidor la consulta es si el costo hay que ajustarlo por igual metodo o queda historico?
No hay ajuste por inflación. Vos debés seguir comparando el valor residual histórico con el valor fiscal. Por el año 2018 y hasta tanto se determine este nuevo valor fiscal, debés tomar el valor fiscal que el inmueble tenía al 31/12/2017 y ajustarlo al 31/12/2018 usando para ello el índice del IPC.
carlosmmar
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Re: BBPP 2018 INMUEBLES

Mensaje por carlosmmar »

Favio escribió:
carlosmmar escribió:Consulto sobre la valuación de inmuebles, el mayor entre costo y valor fiscal,si considera sobre este ultimo el valor fiscal 2017 ajustado por precios al consumidor la consulta es si el costo hay que ajustarlo por igual metodo o queda historico?
No hay ajuste por inflación. Vos debés seguir comparando el valor residual histórico con el valor fiscal. Por el año 2018 y hasta tanto se determine este nuevo valor fiscal, debés tomar el valor fiscal que el inmueble tenía al 31/12/2017 y ajustarlo al 31/12/2018 usando para ello el índice del IPC.

Perdón...no lo soñé...ver a continuación el párrafo que comienza con Por otra parte, para la liquidación del impuesto del año fiscal 2018....

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2018.12.21

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ganancias - bienes personales - afip - modificaciones - ley - 2018 - 2019
Se modifica el impuesto sobre los bienes personales. En tal sentido, se establece para el año fiscal 2019:
* Se incrementa el mínimo no imponible a $ 2.000.000 y se exime del impuesto a la casa habitación cuando su valor sea inferior a $ 18.000.000.
* Se adoptan escalas de alícuotas progresivas, con un rango que se inicia en 0,25% y llega hasta el 0,75% para el caso de los patrimonios más altos.
* Se mantiene la exención para los inmuebles rurales pertenecientes a las personas humanas.
Por otra parte, para la liquidación del impuesto del año fiscal 2018, se establece que la valuación fiscal de los inmuebles será la vigente al 31/12/2017, ajustada por el índice de precios al consumidor nivel general.
En otro orden, y con respecto al impuesto a las ganancias, se eximen para los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública las remuneraciones percibidas en guardias obligatorias de centros de salud ubicados en zonas desfavorables.

Acceda a la ley aquí

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Favio
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Re: BBPP 2018 INMUEBLES

Mensaje por Favio »

carlosmmar escribió:
Favio escribió:
carlosmmar escribió:Consulto sobre la valuación de inmuebles, el mayor entre costo y valor fiscal,si considera sobre este ultimo el valor fiscal 2017 ajustado por precios al consumidor la consulta es si el costo hay que ajustarlo por igual metodo o queda historico?
No hay ajuste por inflación. Vos debés seguir comparando el valor residual histórico con el valor fiscal. Por el año 2018 y hasta tanto se determine este nuevo valor fiscal, debés tomar el valor fiscal que el inmueble tenía al 31/12/2017 y ajustarlo al 31/12/2018 usando para ello el índice del IPC.

Perdón...no lo soñé...ver a continuación el párrafo que comienza con Por otra parte, para la liquidación del impuesto del año fiscal 2018....

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* Se incrementa el mínimo no imponible a $ 2.000.000 y se exime del impuesto a la casa habitación cuando su valor sea inferior a $ 18.000.000.
* Se adoptan escalas de alícuotas progresivas, con un rango que se inicia en 0,25% y llega hasta el 0,75% para el caso de los patrimonios más altos.
* Se mantiene la exención para los inmuebles rurales pertenecientes a las personas humanas.
Por otra parte, para la liquidación del impuesto del año fiscal 2018, se establece que la valuación fiscal de los inmuebles será la vigente al 31/12/2017, ajustada por el índice de precios al consumidor nivel general.
En otro orden, y con respecto al impuesto a las ganancias, se eximen para los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública las remuneraciones percibidas en guardias obligatorias de centros de salud ubicados en zonas desfavorables.

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Lo que dice es correcto y es como te respondí anteriormente pero, te reitero, no hay ajuste por inflación (por eso no ajustás el valor histórico) sino que sólo a los efectos de determinar el nuevo valor fiscal para el año 2018, debés reexpresar el valor fiscal que el bien tenía al 31/12/2017 por el IPC para así obtener el valor fiscal al 31/12/2018.
carlosmmar
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Re: BBPP 2018 INMUEBLES

Mensaje por carlosmmar »

Estudio Contable GS escribió:Qué?

La valuación fiscal de 2018 es la que determina RENTAS (impuesto inmobiliario, generalmente).

Saludos.
Perdón...no lo soñé...ver a continuación el párrafo que comienza con Por otra parte, para la liquidación del impuesto del año fiscal 2018....

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* Se adoptan escalas de alícuotas progresivas, con un rango que se inicia en 0,25% y llega hasta el 0,75% para el caso de los patrimonios más altos.
* Se mantiene la exención para los inmuebles rurales pertenecientes a las personas humanas.
Por otra parte, para la liquidación del impuesto del año fiscal 2018, se establece que la valuación fiscal de los inmuebles será la vigente al 31/12/2017, ajustada por el índice de precios al consumidor nivel general.
En otro orden, y con respecto al impuesto a las ganancias, se eximen para los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública las remuneraciones percibidas en guardias obligatorias de centros de salud ubicados en zonas desfavorables.

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carlosmmar
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Re: BBPP 2018 INMUEBLES

Mensaje por carlosmmar »

Favio escribió:
carlosmmar escribió:Consulto sobre la valuación de inmuebles, el mayor entre costo y valor fiscal,si considera sobre este ultimo el valor fiscal 2017 ajustado por precios al consumidor la consulta es si el costo hay que ajustarlo por igual metodo o queda historico?
No hay ajuste por inflación. Vos debés seguir comparando el valor residual histórico con el valor fiscal. Por el año 2018 y hasta tanto se determine este nuevo valor fiscal, debés tomar el valor fiscal que el inmueble tenía al 31/12/2017 y ajustarlo al 31/12/2018 usando para ello el índice del IPC.
ok, Favio
Te mandé la info que quería enviarle a quien respondió en primer término, veo que vos ya estabas informado!
Gracias por la respuesta
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Re: BBPP 2018 INMUEBLES

Mensaje por Estudio Contable GS »

Ya comprendí a donde vas.

Es por el alta (principalmente) en las valuaciones fiscales de Buenos Aires por el revalúo que se realiza cada 10 años y que ese impacto no sea tan fuerte.

Este año y 2019, va a funcionar de esa forma y en 2020 se volverá al régimen normal hasta el año pasado.

Saludos.
Gabriel Sequino
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ariel3591
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Re: BBPP 2018 INMUEBLES

Mensaje por ariel3591 »

Estimado,

Si accede a la pagina de arba, Inmobiliario, Consultas se va a encontrar con las valuaciones 2018. Ver el adjunto

Saludos
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pablito12
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Re: BBPP 2018 INMUEBLES

Mensaje por pablito12 »

Excelente información, muy buen hilo a pesar de que han pasado varios años.
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