Vidal admitió el "error" de limitar la difusión del patrimon

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Vidal admitió el "error" de limitar la difusión del patrimon

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Vidal admitió el "error" de limitar la difusión del patrimonio de funcionarios,
La gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal, reconoció "un error" en la redacción del decreto que limita la difusión de las declaraciones juradas de funcionarios públicos y anunció que derogará los tres artículos más controversiales de la norma, que implicaban penas para los periodistas que publicaran la información completa sobre las declaraciones juradas.
En un comunicado oficial, la gobernación informó que "a raíz de las dudas generadas por el decreto 647/16 publicado en el boletín oficial, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires reconoce un error en la redacción del mismo".
 

"Por lo tanto, la Gobernadora resolvió derogar los artículos 1, 2 y 7, para despejar cualquier inquietud sobre el libre acceso a las declaraciones juradas, así como a cualquier otro asunto de interés público", concluye el comunicado difundido estar tarde.
Qué dicen los decretos 1, 2 y 7, que derogó la Gobernadora:
ARTÍCULO 1°. Incorporar al Decreto Nº 116/16 como artículo 5º bis, el siguiente: “ARTÍCULO 5 bis: “Carácter de la Declaración Jurada Patrimonial Integral y sanción. La Declaración Jurada Patrimonial Integral mencionada en el artículo precedente -incluido el Anexo-, tendrá carácter reservado. Los funcionarios, empleados y terceros que de algún modo vulneren el carácter y/o el contenido de estas declaraciones serán pasibles de las penas previstas por los artículos 157 y 157 bis del Código Penal según corresponda, siendo de aplicación toda otra sanción establecida en la normativa vigente.”
ARTÍCULO 2°. Incorporar al Decreto Nº 116/16 como artículo 7º bis, el siguiente: “ARTÍCULO 7 bis: Sanción. La utilización indebida de la Declaración Jurada Patrimonial Sintética y/o cualquiera de los datos en ella contenidos, será sancionada de conformidad con la normativa vigente en materia de responsabilidad administrativa, penal y por daños y perjuicios que en cada caso resulte de aplicación.”
​ARTÍCULO 7°. Incorporar como artículo siguiente al artículo 11 del Decreto Nº 116/16, el siguiente texto: “Responsabilidad. Toda persona será responsable por la violación de los deberes de confidencialidad y demás obligaciones que se derivan de lo establecido en el presente”.
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